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viernes, 5 de marzo de 2021

La Cámara Federal volvió a fallar a favor de una jubilada dolorense del Poder Judicial por el Impuesto a las Ganancias

La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata volvió a confirmar la sentencia de quien fuera Juez Federal de Dolores, Dr. Alejo Ramos Padilla, que había beneficiado a una jubilada del Poder Judicial de nuestra ciudad, patrocinada por el Dr. Francisco Stea.


En dicha sentencia, en los autos caratulados: “CARDINALI SONIA RAQUEL C/ AFIP Y OTRO S/ AMPARO LEY 16.986”, el magistrado había determinado que sólo se debía deducir el Impuesto a la Ganancias a partir del denominado “Sueldo Básico”.

La jubilada dolorense, viene sufriendo importantes descuentos de su haber total previsional en concepto de Impuesto a las Ganancias, por lo que decidió recurrir a los estrados de la justicia federal.
Apelada la sentencia por la demandada AFIP, el tribunal de alzada federal ubicado en la ciudad de Mar del Plata, decidió con fecha 1 de marzo de este año en el mismo sentido que el Dr. Ramos Padilla.

Los magistrados de la Cámara Federal, Dres. Jiménez y Tazza, sostuvieron además que: “en tal contexto que visualizan como claramente injustificado, el trato desigual que se imparte a los jubilados del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, al determinarse los parámetros de aplicación del impuesto a las ganancias sobre sus haberes jubilatorios con sola base en la capacidad contributiva de los obligados, respecto de los trabajadores activos de ése sector, lo que redunda en hacer pesar sobre ellos una mayor carga de tributación, sin ponderar la vulnerabilidad vital del colectivo aquí comprendido, y que con ello, vulnera sus derechos fundamentales, discriminándolos esencialmente por edad en la vejez (equidad, proporcionalidad), lo que importa una modalidad peculiar de violación al principio protectorio que les asiste”.

Esta sentencia se suma a la de otros jubilados dolorenses del Poder Judicial de la provincia, patrocinados también por el Dr. Stea y que en la actualidad se encuentran tramitando por ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, atento a que la AFIP interpuso en todos los casos el recurso extraordinario federal.